ALERTA JUJUY – En una sentencia dictada este miércoles 18 de febrero de 2026, el Poder Judicial de Jujuy condenó a Matías Nicolás Gareca a la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución efectiva. El tribunal lo halló penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, tras ser sorprendido realizando ventas bajo la modalidad de «pasamano» en pleno centro de la capital jujeña.
El veredicto fue emitido por los jueces Marcos Andrés Espinassi, Felicia Barrios y Roberto Darío Assef, quienes dispusieron el traslado inmediato del condenado al Servicio Penitenciario provincial. Debido a que Gareca contaba con una condena previa, la pena es de cumplimiento efectivo. Además de la reclusión, el tribunal ordenó el decomiso del dinero secuestrado, la destrucción de la droga incautada y el pago de una suma de dinero por parte del sentenciado para recuperar los costos generados durante la investigación.
El operativo y la detención
El hecho que originó la causa ocurrió la tarde del 28 de noviembre de 2025. Según la acusación fiscal, efectivos de la Dirección de Narcotráfico observaron al imputado en la calle General Güemes, frente al Hospital Pablo Soria, entregando envoltorios a cambio de dinero. Al ser demorado y requisado ante testigos, se le encontró:
Un envoltorio con clorhidrato de cocaína y/o pasta base (2,8 gramos).
Dinero en efectivo dentro de su mochila, presuntamente producto de las ventas.
Elementos vinculados a la causa que fueron secuestrados horas más tarde en un allanamiento en su domicilio del barrio Chijra.
Resolución por juicio abreviado
La celeridad de la condena se dio en el marco de un juicio abreviado, procedimiento previsto por el Código Procesal Penal de la Provincia cuando existe un acuerdo entre la fiscalía, el acusado y la defensa. El Dr. Cristian Ruíz, por el Ministerio Público de la Acusación, y el defensor Miguel Ángel Colmenares ratificaron el convenio que permitió la sentencia definitiva.
Dado que Gareca ya tenía una condena anterior, el Tribunal se declaró incompetente para realizar la unificación de las penas, por lo que remitió las actuaciones al Juez de Ejecución Penal para que realice el trámite correspondiente.














































