ALERTA JUJUY – El Ministerio de Salud de la Nación dio un paso gigante en la digitalización de la salud: la receta electrónica ya no es solo para medicamentos, ¡ahora es obligatoria también para estudios, prácticas, procedimientos y dispositivos médicos! 🚀 La Resolución 2214/2025 completa este proceso, buscando mayor trazabilidad y seguridad.
¿Qué Tenés que Saber? ¡Plazos y Excepciones!
Los prestadores de salud tienen hasta 120 días para adaptarse al nuevo sistema. Pero ¡ojo! Para zonas con baja conectividad, la receta en papel seguirá siendo válida de forma excepcional. «Cada provincia tiene la potestad de evaluar su propia contingencia», aclaró el Ministerio.
¡Identificadores Clave y Mayor Seguridad!
Todas las órdenes médicas deberán emitirse por plataformas registradas en el ReNaPDiS. Se incorpora el CUIL como identificación principal del paciente y la Clave Única de Identificación de Receta (CUIR) para ubicar cada orden de forma precisa. ¡Más control y confidencialidad garantizados!
Requisitos de la receta digital: Identificación completa del médico y paciente (nombre, matrícula, DNI, CUIL), detalle del medicamento/estudio, diagnóstico, fecha, firma digital y código de barras/CUIR.













































